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Cursos obligatorios para una Escuela Infantil

¿Cuáles son los cursos obligatorios para una Escuela Infantil?

Muchos de nuestros clientes nos cuentan lo mismo: “me ha llamado una empresa diciendo que ha salido un nuevo curso obligatorio”. Este tipo de empresas trata de forzar la venta asustando con una posible sanción, sin embargo, muchos de estos cursos no son realmente obligatorios.

Los principales cursos sobre los que hay alguna obligación legal son los siguientes:

 

Manipulador de alimentos:

Manipulador

Totalmente obligatorio, y además deberá realizarlo todo el personal de la Escuela Infantil. Hoy día no existe el manipulador de mayor riesgo o de alto riesgo, tampoco el carnet, solo el certificado de manipulador de alimentos. Aunque no caduque, tras una inspección, pueden recomendarte que lo renueves, pero esto no significa que sea obligatorio hacerlo periódicamente.

Recomendaciones: No lo hagas solamente para obtener el certificado, busca un curso en el que realmente aprendas a manipular alimentos porque esto va a repercutir directamente en la salud de nuestros pequeños alumnos.

Leyes que lo regulan:
Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero
Ley 17/2009, de 23 de noviembre
Ley 25/2009, de 22 de diciembre

 

Alergias e intolerancias alimentarias:

Alérgenos

También es obligatorio, pero no para todo el personal. La normativa dice que ha de tenerlo uno de los responsables de la elaboración de alimentos.

Recomendaciones: Aunque no es obligatorio para toda la plantilla, es conveniente que todo el personal tenga conocimientos sobre los principales alérgenos y las medidas de prevención y actuación frente a alergias e intolerancias para minimizar posibles riesgos.

Leyes que lo regulan:
Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo
Reglamentos (CE) no 1924/2006 y (CE) no 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo

 

Prevención de Riesgos Laborales:

Aquí hay bastante confusión. Tenemos dos obligaciones respecto a este tema: tener un plan de prevención de riesgos laborales y formar a los trabajadores sobre los riesgos y medidas de prevención de los mismos.

Pero hay dos cuestiones a tener en cuenta:
1. La formación debe estar totalmente adaptada al puesto (con lo que no sirve un curso estándar de Prevención de Riesgos Laborales)
2. La propia Escuela puede impartir esta formación a sus trabajadoras.

Recomendaciones: Si te ofrecen hacer el plan de prevención con los créditos de formación, desconfía, porque es una práctica ilegal y porque seguramente sean cursos genéricos que no cumplan con los requisitos. Lo ideal es gestionar internamente el plan de prevención de riesgos laborales. Pronto lanzaremos unos tutoriales en los que aprenderéis cómo hacerlo.

Ley que lo regula:
Ley 31/1995

 

Protección de datos:

Este curso NO ES OBLIGATORIO, lo  obligatorio es gestionar los datos según la ley de protección PROTECCIÓN DATOSde datos, pero no  es necesario acreditar ningún tipo de formación. Eso sí, hay cursos en los que te enseñan a realizar un correcto tratamiento y grabación de los datos.

Ley que lo regula:
Ley Orgánica 15/1999

 

De momento, no hay más cursos obligatorios,  ni el de prevención de riesgos penales, ni el curso de primeros auxilios, ni ningún otro.

 

Mi consejo

Si os llaman para deciros que hay un nuevo curso obligatorio, preguntadle:

 “¿En qué ley dices que está recogido?” así, podéis consultar directamente la ley.

Y, por supuesto!, si quieres suscribirte, nosotros te informamos sobre cualquier nuevo curso obligatorio que aparezca. Solo tienes que dejar tu email aquí:

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Espero que os resulte útil

Jose Luis Briasco

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